¿A quién está dirigido? ¿Dónde acudir en caso de accidente? y ¿Qué incluye? Fueron parte del decálogo entregado a Educación.
¿Sabías que tu práctica profesional también la cubre el seguro escolar? Fue una de las dudas más recurrentes de los diálogos participativos sobre el Seguro Escolar que reunió a establecimientos de todo el país en 19 jornadas, por todo 2023.
Esta semana, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Jennifer Lazo Vergara, y el director regional del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Roberto Lau Suárez, hicieron la entrega simbólica al Mineduc, representado por su jefe provincial, Carlos Bahamondes Valdés, el Informe de resultados del Diálogo Participativo del Seguro Escolar que se realizó en todas las regiones del país el año 2023.
Dentro de éste, se desprende que el 10% de las comunidades educativas desconoce la normativa y el alcancel del Seguro, por lo que ya se trabaja para que ese mínimo porcentaje se actualice acerca de este beneficio.
“Con la entrega de este informe, terminamos un proceso que comenzamos en 2023, con diálogos participativos que están estrictamente relacionados a uno de los derechos escolares. Lo que la sociedad requiere hoy, no muchas veces se encuentra plasmado en el papel; por lo mismo es que se recaban antecedentes a través de estos diálogos participativos que se realizaron en todas las regiones, para la entrega de datos que nos permitan hacer un análisis profundo a lo que es esta ley y comenzar un camino donde podamos buscar mejoras y actualizaciones al Seguro Escolar”, explicó la seremi Jennifer Lazo.
En tanto Carlos Bahamondes, jefe provincial de Educación, agregó que “instancias como ésta, reafirman el objetivo de actualizar esta normativa, sobre todo en temas de salud mental de las comunidades educativas, que va en directa relación con la convivencia escolar, objetivo que está inserto en el Plan de Reactivación Educativa de nuestro Ministerio”, detalló.
¿QUÉ INCLUYE?
Para accidentes a causa o con ocasión de los estudios, el seguro considera: servicio médico gratuito; atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos del Sistema Nacional del Servicio de Salud y a domicilio; hospitalizaciones, en los casos que fuera necesario; medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos, incluidas las reparaciones; y gastos de traslado y cualquier otro necesario para poder recibir estas prestaciones. Prestaciones económicas en caso de que el accidente provoque una discapacidad (pensión por discapacidad) o una cuota mortuoria en caso de que provoque la muerte.
Respecto de cómo se denuncia el accidente y cómo se acredita para hacer efectivo el seguro cuando se produjo en un trayecto, se puede utilizar el parte de Carabineros, una declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente válido y acudir a cualquier establecimiento de la Red de Salud Pública para que le entreguen la atención médica que necesite.
Por último, cabe destacar que toda la información asociada a este derecho y sus respectivos beneficios, se encuentra en https://www.isl.gob.cl/seguro-escolar/accidentes-escolares, donde también está el Decreto 313, el volante y afiche del Seguro Escolar en PDF.